Derechos y Deberes

DECRECHOS:

Las personas usuarias del Centro Municipal de Servicios Sociales, sin perjuicio de la legislación vigente, tiene derecho a:

  1. Acceder a las prestaciones establecidas por el Centro y consideradas básicas, según los estados de necesidad y en función de las baremaciones, requisitos y valoraciones técnicas que sean preceptivas.
  2. Ser informados y orientados sobre sus derechos y los recursos sociales existentes en el ámbito de los Servicios Sociales, así como los requisitos técnicos de acceso a los mismos.
  3. Ser informados sobre el estado de tramitación de su expediente, y obtener copia de los documentos contenidos en ellos.
  4. Ser informados puntualmente de las modificaciones que pudieran producirse en el régimen de la prestación.
  5. Ser oídos por cuantas incidencias se observen en la prestación del Servicio, así como en la calidad del trato humano dispensado.
  6. Exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.
  7. Cualesquiera otros derivados de la intervención social y que les reconozcan la Constitución y las Leyes.

 

DEBERES:

Las personas usuarias del Centro de Servicios Sociales tienen el deber de:

  1. Facilitar el ejercicio de las tareas de los/as profesionales que atiendan en el Centro, así como poner a su disposición los medios adecuados para el desarrollo de dichas tareas.
  2. Ser correctos/as y cordiales en el trato con las personas que prestan el servicio, respetando sus funciones profesionales.
  3. Corresponsabilizarse en el coste de las prestaciones que lo exijan, en función de su capacidad económica y patrimonial.
  4. Informar de cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar, social y económica.
  5. Informar verazmente al personal técnico del Centro de la situación que les afecte.
  6. Utilizar adecuadamente las instalaciones, dependencias y servicios del Centro, cuidando el mobiliario, guardando las normas de convivencia y respeto mutuo dentro del mismo, respetando los horarios establecidos tanto para la atención al público como para el desarrollo de actividades.
  7. Los usuarios estarán obligados a tratar con deferencia y respeto dentro del Centro y en cualquier lugar relacionado con sus actividades o prestaciones.